CAP. V: Se prueba lo mismo con el Nuevo Testamento.

Ahora bien, del Nuevo Testamento, el PRIMER testimonio es Mateo 16: "Te daré las llaves del reino de los cielos", etc. Pues por estas llaves no solo se entiende el poder de absolver pecados, sino también de todos los demás vínculos e impedimentos que, a menos que se eliminen, no se puede entrar en el reino de los cielos. Ya que la promesa es general, no dice: "A quienes perdonéis", sino "Lo que perdonéis", para que entendamos que todos los nudos, ya sean de las leyes, por dispensación; ya sean de los pecados y las penas, por absolución; ya sean de los dogmas y controversias, por explicación, pueden ser desatados por Pedro y sus sucesores. Pero sobre este pasaje hablaremos más en el primer libro sobre el Sumo Pontífice.

El SEGUNDO testimonio puede ser el de Mateo 18: "Si no escucha a la Iglesia, que sea para ti como un gentil y publicano." Es importante observar aquí que el Señor habla de las injurias que uno sufre de otro, pero por una cuestión mayor debe entenderse también sobre las injurias que se hacen contra toda la Iglesia y contra Dios, como es la herejía. Pues si manda llevar al adúltero ante el juicio de la Iglesia, con mucha más razón debe llevarse al hereje. Sin embargo, no puede ocurrir que se remita a la congregación de todos los fieles; por lo tanto, bajo el nombre de Iglesia debe entenderse el prelado, como explica Crisóstomo, o (como prefieren otros) la congregación de los prelados. Pues así como el hombre no habla ni escucha sino por la cabeza, y sin embargo se dice que todo el hombre habla y escucha; de la misma manera, la Iglesia escucha y habla a través de sus prelados. Por tanto, si el que no escucha a la Iglesia, es decir, a los pastores de la Iglesia, debe ser como un gentil y publicano, se sigue que el juicio definitivo pertenece a los pastores.

El TERCER testimonio es Mateo 23: "En la cátedra de Moisés se sientan los escribas y fariseos; haced y guardad todo lo que os digan, pero no hagáis según sus obras." Aquí hay que notar tres cosas. PRIMERO, en todo ese capítulo el Señor reprende los vicios de los escribas y fariseos, y porque los débiles podrían concluir que no debe creerse a los prelados que viven mal, al inicio del capítulo quiso enseñar abiertamente que, a pesar de la mala vida de los prelados, debe seguirse su doctrina. SEGUNDO, con Cipriano en el libro 4, carta 9, se nota que el Señor y los Apóstoles nunca en toda la Escritura reprendieron a los pontífices y sacerdotes de los judíos nombrándolos como pontífices o sacerdotes, sino solo bajo el nombre de escribas y fariseos; para que no pareciera que reprendían la cátedra y el sacerdocio, y para que entendiéramos que siempre se debe respeto al sacerdocio y al pontificado, incluso si la persona que ocupa la cátedra es [páginas 177-178] menos buena. De esto entendemos que los herejes de este tiempo, que continuamente atacan a los obispos y sacerdotes, y especialmente al mismo Sumo Pontífice de la Iglesia, no tienen nada en común con las costumbres del Señor y los Apóstoles. TERCERO, nota que lo que el Señor dice sobre la cátedra de Moisés debe entenderse con mayor razón sobre la cátedra de Pedro. Así lo entendieron los antiguos, y especialmente Agustín en la carta 165: "En ese orden de los obispos que va desde Pedro hasta Anastasio, quien ahora ocupa esa misma cátedra, incluso si algún traidor se hubiera infiltrado en esos tiempos, no causaría perjuicio a la Iglesia ni a los inocentes cristianos, a quienes el Señor, previendo, dijo sobre los malos prelados: 'Haced lo que dicen, pero no hagáis lo que hacen.'"

El CUARTO testimonio es el último capítulo de Juan: "Simón Pedro, apacienta mis ovejas." Aquí también deben notarse tres cosas. PRIMERO, que lo que se dice a Pedro también se dice a sus sucesores; pues Cristo no quiso proveer a la Iglesia solo por veinticinco años, sino hasta el fin del mundo. SEGUNDO, que lo de "apacienta" se entiende principalmente sobre la enseñanza, porque así se apacientan las ovejas racionales. Jeremías 3: "Os daré pastores según mi corazón, y os apacentarán con ciencia y doctrina." TERCERO, que lo de "ovejas" significa todos los cristianos; pues el que no quiere ser apacentado por Pedro, no es oveja de Cristo.

De todo esto se concluye que a Pedro y sus sucesores se les ha encomendado singularmente enseñar a todos los cristianos. Y esto no puede entenderse de manera más adecuada que diciendo que a Pedro y sus sucesores se les ha encomendado enseñar a todos lo que debe sostenerse en cuanto a la doctrina de la fe. Pues si esto se entendiera solo de predicaciones, este precepto nunca se cumpliría; ya que el Papa no puede predicar a todas las personas, ni es necesario, puesto que en cada Iglesia hay quienes predican.

Si también lo entendiéramos solo de las predicaciones y los comentarios sobre las Sagradas Escrituras, para que quienes no puedan ser enseñados por el Papa en persona sean instruidos mediante comentarios escritos, estaríamos criticando a muchos pontífices santísimos que no hicieron nada de esto. Por tanto, el Señor habla del oficio singular de enseñar a toda la Iglesia, estableciendo y decidiendo qué debe ser creído por todos.

Así lo entendió San Jerónimo en la carta a Dámaso sobre el nombre hypostasis, cuando pidió al Pontífice la explicación de una controversia sobre la fe: "Del pastor, dijo, busco auxilio como oveja."

QUINTO testimonio

Lucas 22: "He rogado por ti, para que tu fe no falte, y tú, una vez convertido, confirma a tus hermanos." A partir de este pasaje, el Beato Bernardo, en su carta 90 a Inocencio, y antes de él Lucio I en su epístola 1 a los Obispos de Hispania y Galia, Félix I en su epístola a Benigno, Marcos en su epístola a Atanasio, León I en su sermón 3 sobre su asunción al pontificado, León IX en su epístola a Pedro, Patriarca de Antioquía, Agatón en su epístola al emperador Constantino, leída en el VI Concilio, sesión 4, y luego aprobada en la sesión 8 por todo el Concilio, Pascual II en el Concilio Romano, según el abad de Ursperg en la Crónica, y también, aunque no lo quieran los herejes, Inocencio III en el capítulo Maiores sobre el Bautismo y su efecto, deducen que el Pontífice Romano, cuando enseña ex cathedra, no puede errar. Si, por tanto, el Pontífice Romano no puede errar cuando enseña ex cathedra, es evidente que debe aceptarse su juicio, y que él debe ser el juez supremo.

SEXTO testimonio

Hechos 15: Leemos allí que, cuando surgió una grave cuestión sobre la fe, sobre si debía observarse la ley de Moisés por parte de los gentiles convertidos, no se remitió a cada uno a su propio espíritu, sino al Concilio celebrado en Jerusalén, presidido por Pedro, y que fue Pedro quien primero habló en el Concilio, y luego Santiago confirmó la sentencia de Pedro, resolviéndose así la cuestión con estas palabras: "Pareció bien al Espíritu Santo y a nosotros, etc." Con estas palabras se demuestra que la sentencia del Concilio, presidido por Pedro, es la sentencia del Espíritu Santo. Y al final de ese capítulo leemos que Pablo, dondequiera que iba, solía ordenar que se guardaran los decretos de ese Concilio, es decir, que se aceptara su sentencia y que no quisieran ellos mismos juzgar la sentencia del Concilio.

SÉPTIMO testimonio

En la epístola a los Gálatas, capítulo 2, dice Pablo: "Subí a Jerusalén con Bernabé y expuse en privado a los que parecían ser algo el Evangelio que predico entre los gentiles, no fuera que corriese o hubiese corrido en vano." Y más adelante explica quiénes eran esos con quienes se había reunido, diciendo que eran Pedro, Santiago y Juan. Tertuliano, en el libro 4 contra Marción, San Jerónimo en la carta 89 a Agustín, que es la número 11 entre las cartas de Agustín, y Agustín en el libro 28 contra Fausto, capítulo 4, afirman explícitamente que la Iglesia no habría creído a Pablo si su Evangelio no hubiera sido confirmado por Pedro. Por tanto, entonces era función de Pedro, y ahora lo es de su sucesor, juzgar sobre la doctrina de la fe.

OCTAVO testimonio

1 Corintios 12: "A uno se le da por el Espíritu palabra de sabiduría, a otro palabra de ciencia, a otro interpretación de lenguas, a otro profecía, etc." Aquí se dice claramente que no a todos los fieles se les da el espíritu de interpretar las Escrituras. Además, está claro por 2 Pedro 1: "Ninguna profecía de la Escritura es de interpretación privada", que no se puede interpretar correctamente la Escritura sin el espíritu de interpretación. Por tanto, se deduce claramente que ningún individuo privado puede ser juez del verdadero sentido de la Escritura. Pues, ¿qué hará aquel que no tiene el espíritu? ¿Y cómo puede estar seguro alguien de tener ese espíritu, cuando sabemos que no se da a todos, y no sabemos a quién se le da? Así pues, queda que reconozcamos como juez solo a la Iglesia, sobre la cual no puede haber duda de que posee el Espíritu de Dios y enseña a sus hijos sin error, siendo la columna y fundamento de la verdad. Incluso Lutero lo confiesa en su libro sobre el poder del Papa con estas palabras (a pesar de lo que haya escrito en otros lugares, siendo sorprendentemente variable e inestable): "De ningún hombre privado estamos seguros de si tiene o no la revelación del Padre; pero de la Iglesia misma no se puede dudar." Además, la Iglesia no habla sino a través de la voz de los pastores y doctores, especialmente en un concilio general.

Pero, dicen, está seguro de tenerlo quien lo pide; pues está escrito: "Cuánto más vuestro Padre celestial dará el Espíritu Santo a quienes se lo pidan" (Lucas 11) y "Si alguno de vosotros tiene falta de sabiduría, pídala a Dios, que da a todos abundantemente" (Santiago 1). RESPONDO: En estos y otros pasajes similares el Señor no habla del espíritu de interpretación, que es una gracia dada gratuitamente, sino del espíritu de fe, esperanza, caridad y la sabiduría necesaria para la salvación. Como enseña San Agustín en los Tratados 73, 81 y 102 sobre Juan, la oración no obtiene infaliblemente lo que pide, a menos que sea algo necesario o útil para la salvación de quien ora. El don de interpretación, como el don de lenguas y milagros, y otros dones enumerados allí, no siempre son útiles para quien los posee.

Así como el espíritu de hablar en lenguas o hacer milagros no puede siempre obtenerse, aunque esté escrito: "Dará el Espíritu Santo a quienes lo pidan", tampoco puede obtenerse siempre el espíritu de interpretación. Pues de lo contrario, podría suceder que todo el cuerpo de la Iglesia fuera un solo miembro, es decir, que todos fueran ojos, todos manos, etc., contra lo que dice el Apóstol en Romanos 12 y 1 Corintios 12. Además, incluso si el Señor en esos pasajes hablara del don de interpretación, quien lo pidiera no estaría seguro de haberlo recibido, porque no se puede estar seguro de que se ha pedido correctamente, ya que está escrito: "Pedís y no recibís, porque pedís mal" (Santiago 4). De lo contrario, cuando los luteranos, los anabaptistas y los zwinglianos piden este espíritu, ¿por qué reciben espíritus tan diversos y contradictorios, si a todos los que piden se les da ese único y verdadero Espíritu Santo?

NOVENO testimonio

1 Juan 4: "Amados, no creáis a todo espíritu, sino probad los espíritus si son de Dios, porque muchos falsos profetas han salido al mundo." El espíritu de las personas privadas debe ser probado para ver si es de Dios, pues muchos presumen tener el Espíritu Santo cuando en realidad están movidos por el espíritu de error y mentira, como se dice en 1 Reyes 22, 2 Crónicas 18, Isaías 19 y 29. Por tanto, un espíritu privado no puede ser juez. ¿Cómo puede ser juez, cuando él mismo debe ser juzgado?

Por eso, si alguien interpreta "Esto es mi cuerpo" como "Esto significa mi cuerpo", porque así le ha revelado el espíritu, aún no se ha resuelto la cuestión. Pues Juan nos advierte que probemos ese espíritu, para ver si es de Dios, no vaya a ser que sea más bien un espíritu de error. Pero no puede probarse por la Escritura, como ellos quieren, ya que en este caso dudamos sobre el significado de la misma Escritura. Por tanto, debe probarse por su conformidad con el espíritu de aquellos que sabemos que tienen el verdadero espíritu, como son los prelados en un concilio legítimamente convocado. Pues leemos en Hechos 15 que el concilio dijo: "Pareció bien al Espíritu Santo y a nosotros." Asimismo, el Pontífice, cuando enseña ex cathedra, como hemos demostrado, es siempre guiado por el Espíritu Santo, de modo que no puede errar; y también los Apóstoles y los antiguos fieles, de quienes es seguro que poseían el Espíritu Santo.

Ni siquiera Calvino puede negar esto, ya que en las Instituciones, libro 1, capítulo 9, §1, argumenta contra Sünsfeldio, quien quería que solo el espíritu fuera juez, rechazando las Escrituras. Dice: "Si ese espíritu fuera bueno, sería el mismo que el de los Apóstoles y los primeros fieles; pero el espíritu de ellos no quería ser juez, despreciando las Escrituras." Así también nosotros argumentamos contra Calvino y otros herejes: Si su espíritu fuera bueno, sería el mismo que el de los Apóstoles y los primeros fieles, pero el espíritu de ellos no quería ser juez, sino que recurría a Pedro y al concilio, y se sometía a su sentencia, como hemos demostrado antes en Hechos 15. Por tanto, el espíritu de aquellos que se constituyen jueces no es un espíritu bueno.