CAPÍTULO LIII: Sobre las epactas del sol

En el cuarto tramo del ciclo de diecinueve años se designan las epactas solares, es decir, los días concurrentes de la semana, que aumentan siempre en tres cada año y en dos en el año bisiesto, hasta alcanzar el número siete por adición. Este ciclo comprende cuatro veces siete años, es decir, veintiocho, porque no puede completarse antes de que el bisiesto, que suele repetirse cada cuatro años, haya pasado por todos los días de la semana: el domingo, el viernes, el miércoles, el lunes, el sábado, el jueves y el martes, recorriéndolos en este orden.

Y dado que cada año tiene sus propios días concurrentes, aquellos fijados en el ciclo indican específicamente qué feria corresponde al nueve de las Calendas de abril, colocados más cerca del inicio de la festividad pascual, para revelar fácilmente el día de las epactas y la feria de la decimocuarta luna, facilitando así el cálculo del domingo de Pascua.

Sucede además, lo cual es conveniente recordar para quien realiza los cálculos, que los mismos días concurrentes anuales coinciden con el dos de las Calendas de abril, el siete de los Idus de abril, el dieciocho de las Calendas de mayo y el once de las mismas Calendas.

El curso de este ciclo es tal que los concurrentes de un año bisiesto son los mismos que cinco años antes y que volverán a serlo seis años después. Los que se presentan en el primer año después del bisiesto son los mismos que once años antes y que retornarán seis años después. Los del segundo año después del bisiesto coinciden con los de seis años antes y reaparecen once años después. Los del tercer año después del bisiesto son los mismos de hace seis años y volverán en cinco años. Este patrón de variación regula todos los días del ciclo de los años.

Es importante notar que este ciclo solar, que se completa en veintiocho años, es la razón por la cual deben cumplirse veintiocho ciclos de diecinueve años antes de que el curso de la observancia pascual retorne completamente sobre sí mismo, de modo que cada año de este ciclo establezca el inicio de un ciclo de diecinueve años y, a su vez, cada año del ciclo de diecinueve años alcance su propio inicio. Así, toda la serie de la observancia pascual se extiende no menos de quinientos treinta y dos años.